autorización de residencia de larga duración
Es una autorización de residencia de larga duración que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
- No estar de forma irregular en territorio español.
- No tener antecedentes penales en España, ni por delitos que estén presentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada a España, además de no estar registrado como rechazable en paises donde España tenga un convenio.
- No encontrarse en situación de «compromiso de no retorno a España» , al menos que ya haya transcurrido el plazo.
Estar en alguno de estos supuestos:
- Residir legal y continuadamente en España durante cinco años.
- Ser titular de la Tarjeta Azul UE, de manera continuada durante 5 años, siempre y cuando los dos últimos años se hayan pasado en territorio español.
- Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva.
- Residente Beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez.
- Nacido y haber residido en España y al llegar a la mayoría de edad haber estado residiendo de manera legal y continuada los 3 últimos años inmediatos al momento de realizar la solicitud.
- Haber perdido la nacionalidad española, siendo Español de origen.
- Estar bajo la tutela de una entidad pública española, ser residente durante los cinco últimos años anteriores a la solicitud.
- Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protencción subsidiaria, encontrarse en territorio español y haber sido reconocido el respectivo estatuto en España.
- Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, cientifico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior.
- Necesita el Impreso de solicitud oficial (EX-11), un duplicado, ambos cumplimentados y firmados correctamente. Puede obtener el documento aquí: RESIDENCIA DE LARGA DURACION
- Copia completa de su pasaporte en vigor, si no lo está, deberá aportar la copia del mismo, y la solicitud de renovación.
- Si es residente: en su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas, o las competentes en cada caso, o del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.
- Si no es residente en España en el momento de la solicitud, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
Dependiendo del supuesto:
- Documentación que acredite los periodos de residencia previa como titular de la tarjeta azul-UE. en otro Estado de la UE.
- Si es Español de Origen, presentar el certificado de nacimiento.
Si quiere conocer cuales son sus posibilidades a la hora de llevar a cabo el procedimiento de la solicitud de la Autorización de Residencia de Larga Duración de la Unión Europea, le aconsejamos que se ponga en contacto con profesionales que le ayuden y guíen durante todo el proceso.
No pierda tiempo ni dinero en un procedimiento que con abogados especializados puede convertirse en algo simple.