solicitar la Autorización de residencia extranjero menor de edad no nacido en españa

Es una autorización de residencia que se podrá conceder a los extranjeros menores de edad no nacidos en España hijos de extranjeros con residencia legal en España, así como a los menores sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución españoles o de un extranjero residente legal en España.

 

  1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  2. Padres o tutores deben acreditar un empleo o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, en estas cuantías: En las unidades de dos miembros, contando con el padre o la madre, se exigirá el 150% del IPREM. Por cada miembro adicional a los dos citados (progenitor y menor) se incrementará el 50% más del IPREM.
  3. Documentos que acrediten una permanencia continuada en españa del menor durante un periodo mínimo de dos años.
  4. Padres o tutores deben acreditar la disposición de una vivienda adecuada.
  5. Si es el caso, en el que el menor esté en edad de escolarización obligatoria, se debe acreditar que el mismo está matriculado en un centro de enseñanza durante su permanencia en España.

 

  1. Necesita el Impreso de solicitud oficial (EX-01), un duplicado, ambos cumplimentados y firmados correctamente. Puede obtener el documento aquí: SOLICITAR RESIDENCIA DE HIJO MENOR NO NACIDO EN ESPAÑA 
  2. Copia del pasaporte completo título de viaje o cédula de inscripción en vigor del menor.
  3. Documentación acreditativa del parentesco con el residente legal, tutela con ciudadano o institución.
  4. Documentos que identifiquen al solicitante: Si es español presentar el DNI, si es hijo o tutelado de residente legal, la autorización de residencia del padre o de la madre.
  5. Acreditar con los documentos correspondientes la permanencia en España durante como mínimo dos años.
  6. Certificado que acredite haber estado matriculado en un centro de enseñanza, cuando corresponda.
  7. Si es hijo de extranjero residente o tutelado por español o extranjero residente en España deberé presentar documentación acreditativa de empleo, y/o recursos económicos para atender las necesidades de su familia.
    • Documentos si es por cuenta ajena: Contrato de trabajo y última declaración del IRPF
    • Si es por cuenta propia: Documentos que acreditan su actividad  y última declaración del IRPF
    • Si no posee ningún tipo de actividad lucrativa en España: Presentar cheques certificados, cheques de viaje o cartas de pago o tarjetas de crédito… acompañadas de la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o certificación bancaria.
  8. Acreditar con la documentación que corresponda el disponer de vivienda adecuada.

Si quiere conocer cuales son sus posibilidades a la hora de llevar a cabo el procedimiento de la solicitud de Residencia de Hijo menor de edad NO nacido en España le aconsejamos que se ponga en contacto con profesionales que le ayuden y guíen durante todo el proceso.

No pierda tiempo ni dinero en un procedimiento que con abogados especializados puede convertirse en algo simple.

  • En caso de que la documentación de otros países estuviese en otro idioma, deberán ser traducidos al castellano o lengua cooficial donde se presente la solicitud de Modificación de situacion de residencia o trabajo.
  • Siempre y cuando los documentos o formularios sean los estándares de la Unión Europea no será necesaria su traducción.
  • Todos los documentos públicos extranjeros deberán ser legalizados por la Oficina Consular de España.

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