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¿Cómo renovar la tarjeta de residencia?
Lo primero que debes tener en cuenta es que realmente no renuevas tu NIE, sino tu TIE o tarjeta de identificación de extranjero.
El NIE es el número que te identifica como extranjero en España, y esté será siempre el mismo.
Así, una vez hayas cumplido un año en el país con tu autorización de residencia inicial, lo más probable es que debas renovarla (aunque hay algunos permisos, como la golden visa, que será al segundo año).
¿Cómo hacerlo?
Si bien es cierto que hace unos meses el proceso habitual era el de pedir cita previa con la oficina de extranjería, preparar toda la documentación, acudir presencialmente para presentarla y esperar a la resolución; ahora todo es mucho más fácil.
Pues la gran mayoría de permisos de residencia pueden ser renovados online por vía telemática.
Después de la crisis del coronavirus y el estado de alarma, el gobierno ha expandido el listado de trámites que se pueden realizar por internet, para agilizar la situación de los extranjeros.
Así, ahora puedes presentar tu renovación online, y obtendrás una respuesta de manera mucho más rápida.
Lo único que necesitas es un certificado digital. En caso de no tenerlo, puedes contactar con nuestro equipo de abogados y nosotros mandaremos la documentación por ti.
¿Tienes dudas? Nuestros abogados de extranjería las responden todas al instante:
¿Qué se necesita para renovar el NIE?
Para poder renovar tu NIE deberás cumplir, básicamente, todos los requisitos que cumpliste en el momento de conseguir tu tarjeta de residencia inicialmente.
Es decir, los requisitos exactos dependerán en gran medida del tipo de autorización que poseas.
Y eso es lo que analizaremos a continuación.
No obstante, existen una serie de requisitos generales que sin importar tu cuál sea tu tarjeta específica deberán estar presentes.
Si quieres renovar tu residencia, deberás cumplir:
- No disponer de antecedentes penales en España. Es decir, no registrar delitos menores o problemas con la policía o justicia española. Y, si los has tenido, deberás cancelarlos antes de realizar tu solicitud.
- No ser ciudadanos de la Unión Europea, Suiza o Espacio Económico Europeo.
- No tener la entrada prohibida al país.
- Aportar un pasaporte válido y en vigor. Si lo tienes caducado, renuévalo antes de iniciar la renovación de tu tarjeta de residencia.
- Ser titular de la autorización de residencia que pretendes renovar y estar entre los 60 días antes de su caducidad o 90 después.
- Disponer de asistencia sanitaria en España. Esto puede cubrirse con la seguridad social si trabajas por cuenta ajena, o con un seguro de salud.
- En caso de tener hijos menores a cargo, estos deben estar escolarizados mientras estén en España.
- Rellenar el modelo de solicitud oficial según tu residencia. Puedes encontrar el listado completo aquí. Como ves, es el mismo que en la solicitud inicial. Únicamente debes marcar la casilla de 1a o 2a renovación.
- Pagar las tasas pertinentes, cuyo importe variará según tu permiso.
- Evita ausencias prolongadas fuera de España, ya es motivo claro de denegación.
Veamos cuáles son los requisitos específicos según cada caso particular.
Renovación autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena
El primer caso es el del permiso de trabajo por cuenta ajena. ¿Cómo renovarlo?
Lo primero será que tengas un puesto de trabajo y oferta válida durante el plazo que dure la renovación.
No obstante, cobrar paro o prestación asistencial sería también válido.
A menos que se trate de una residencia permanente, esta renovación será por dos años.
Pero hay otro requisito que debemos cumplir. Encontramos tres casos distintos:
El extranjero ha estado trabajando durante 6 meses
En este primer caso, lo más importante será demostrar que has estrado trabajando un mínimo de 6 meses durante el año anterior a la renovación.
En el caso de renovar una tarjeta de 2 años, el periodo a demostrar se extiende a 1 año de actividad laboral en total (6 meses por año).
El extranjero ha estado trabajando durante 3 meses
¿Pero qué sucede si únicamente has trabajado durante 3 mess por año? La renovación sigue siendo posible.
Pero en este caso será imprescindible que durante el tiempo que no hayas trabajado, puedas demostrar que:
- Has estado trabajando (justificado con la inscripción en el paro).
- Puedes justificar los motivos por los que no has trabajado en la empresa que te ofreció la oferta que usaste para tramitar tu solicitud de tarjeta inicial.
- Estas trabajando en el momento de la renovación; con alta en la seguridad social y con sueldo igual o superior al salario mínimo en España.
Si extranjero no está trabajando pero requisito cumple requisitos para reagruparlo, entonces también es posible renovar por más que no cumpla requisitos para renovar. Lo reagruparía. La renovación se hace acreditando que el cónyuge puede reagruparlo.
Lo ideal sería que, para renovar, tengas un puesto de trabajo. Aunque cobrar paro o prestación asistencial sería también válido.
A menos que se trate de una residencia permanente, esta renovación será por dos años.
El extranjero no ha trabajado
Finalmente, y como caso excepcional, una renovación es posible aunque el extranjero no haya trabajado.
Lo fundamental en este caso será que cumpla con los requisitos para poder ser reagrupado.
La renovación se tramita acreditando que el cónyuge puede reagrupar al extranjero en cuestión
Renovación autorización de residencia y trabajo por cuenta propia
Aquí los requisitos son más directos.
Para renovar un permiso de trabajo por cuenta propia (como trabajador autónomo), debes seguir manteniendo la misma relación laboral que dio lugar a esta residencia en un primer momento.
Es decir, debes seguir operando como trabajador independiente.
Para ello, deberás estar al día con el pago de impuestos como trabajador por cuenta propia y no tener deudas con Hacienda o Seguridad Social. Esto se hace aportando las declaraciones de IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades.
Finalmente, y como en el caso anterior, también existe la opción de que el cónyuge pueda demostrar que dispone de recursos económicos suficientes para mantener al extranjero. Por lo que seguir con la actividad profesional no sería necesario para la renovación.
No obstante, en ese caso únicamente conseguiría una autorización de residencia, y no de trabajo, al renovar.
Renovación permiso de trabajo como trabajador altamente cualificado
Para renovar este tipo de permiso de trabajo deberás demostrar y presentar los mismos requisitos que fueron necesarios para la solicitud inicial.
Es decir:
En primer lugar, el extranjero debe aportar el contrato firmado por parte de la empresa o empleador, garantizando su empleabilidad durante el periodo que vaya a durar la tarjeta renovada en vigencia.
El salario establecido en el contrato debe ser lo suficientemente alto. Hablamos de como mínimo un 1,5 sobre el salario medio de la profesión a desempeñar. En este caso, como la posición suele ser de manager o otro puesto técnico, esto girará entorno a los 40.000 o 50.000 € anuales.
De nuevo, presentar la documentación referente a la formación académica del trabajador, demostrando que dispone de la experiencia y formación necesaria para desempeñar el puesto de trabajo.
El trabajador extranjero debe estar dado de alta en la seguridad social.
En cuanto a la empresa, no solo debe estar al corriente con sus pagos con la Agencia Tributaria y Seguridad Social, sino también poder demostrar capacidad y solvencia económica suficiente para mantener al trabajador en la plantilla durante el periodo establecido de renovación.
Como hemos mencionado, la documentación a aportar será la misma que en la solicitud inicial, con la diferencia que si el trabajador cambia de empresa, deberá aportar los datos de la nueva empresa. Hablamos de datos de identificación fiscal como autónomo/empresa (NIF, CIF, DNI), declaración de IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades o vida laboral de la empresa.
El modelo de solicitud es el EX-05.
Renovación autorización de residencia por reagrupación familiar
Para renovar una autorización de residencia por reagrupación familiar, los requisitos son idénticos a los de la solicitud inicial. Básicamente hablamos de tres puntos clave.
Lo primero es seguir disponer de una vivida adecuada apta para que todos los que conviváis conjuntamente lo hagáis en condiciones dignas. En el caso de haber cambiado de domicilio, habrá que volver a solicitar a la Comunidad Autónomo competente el informe de habitabilidad.
Después, disponer de medios económicos suficientes (100% del IPREM) por parte del reagrupante. Para demostrarlo, deberá aportar, en el momento de la renovación, copia contrato trabajo o última declaración IRPF si trabaja por cuenta ajena, y si lo hace por cuenta propia la última declaración IRPF y acreditación de su actividad profesional. Si no realiza ningún tipo de actividad, certificación bancaria con la posesión de dinero exacta.
Finalmente, la relación análoga a la conyugal se debe seguir mantenido, y habrá que acreditarlo.
Todo esto ser formalizará mediante el modelo de solicitud EX-02.
Renovación residencia no lucrativa
Aquí te dejamos una guía completa sobre cómo renovar la residencia no lucrativa. No obstante, en este apartado veremos uno de los principales requisitos, el que más confusión genera.
Como ya sabes, para conseguir este tipo de residencia es fundamental demostrar la posesión de cierta cantidad económica en el banco.
Pues bien, si para la solicitud inicial debías demostrar la posesión de 26.000€ en tu cuenta bancaria, en el momento de renovar esta cantidad sube.
Pues la renovación no es para un año, sino para dos.
Por ende, la cantidad requerida pasa a duplicarse; ahora exigiendo 52.000 €.A parte de ello, asegúrate de seguir disponiendo de seguro de salud, y la renovación será tuya. Usaremos el modelo EX-01.
Renovación residencia de larga duración
En este caso, y siempre y cuando estés dentro de plazo, la renovación es mucho más fácil y directa.
No hace falta demostrar que has trabajado.
El único requisito existente y crucial será demostrar que has estado 5 años en España de forma continuada. Es decir, que no salido más de 6 meses en periodo de un año (no continuados); o que la suma total salidas en el periodo completo no supera 10 meses.
Finalmente, tendrás que demostrar que no tienes la entrada prohibida en España, realizar el pago de la tasa pertinente, y renovar.
Renovación de la tarjeta comunitaria
Si has conseguido la residencia como familiar de comunitario, una vez lleguen a su fin tus 5 años con ella, renovar tu tarjeta comunitaria es muy sencillo.
Simplemente deberás acreditar que el vínculo con el ciudadano europeo (habitualmente tu cónyuge) se sigue manteniendo, no haber estado más del tiempo permitido fuera de España, y rellenar el modelo EX-19.
Como caso excepcional, si te has separado o divorciado de tu pareja (ciudadano europeo), podrás seguir renovando siempre y cuando hayáis convivido juntos durante un mínimo de 3 años dentro de los 5 concedidos con la tarjeta inicial.
¿Cuándo puedo renovar mi NIE?
La ley de extranjería en régimen general establece que se puede renovar en los 60 días anteriores y 90 después del vencimiento de tu tarjeta.
No obstante, te recomendamos que inicies el trámite antes del vencimiento de la tarjeta.
Pues te podrían imponer una sanción por el retraso.
Así, ten muy en cuenta los plazos administrativos para renovar y empieza a prepararlo todo con tiempo suficiente.
¿Cuánto es la tasa para renovar? Coste
Todos y cada uno de los trámites con extranjería requieren el pago de una tasa.
Y las renovaciones no iban a ser excepción.
En este caso, el coste exacto dependerá del tipo de tarjeta en concreto. Pero, para que te hagas una idea, la mayoría se rigen por el modelo 790, código 052, cuyo coste es:
- Para residencia temporal 15,76€
- Para residencia permanente o de larga duración 21,02€.
Inicia tu renovación ahora
Ahora ya sabes todos los requisitos para renovar tu NIE o permiso de residencia en España.
Lo único que queda es preparar toda la documentación y enviarla a la autoridad competente.
Y nosotros queremos ponérselo fácil.
Simplemente tienes que mandarnos un mail explicando tu situación, y nuestro equipo de abogados presentará tu solicitud en tiempo récord.